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Más fácil para extranjeros cualificados

Los profesionales extranjeros no comunitarios de alta capacitación lo van a tener más fácil. El Gobierno acaba de aprobar un acuerdo por el que se fija el nuevo procedimiento abreviado para la obtención del permiso de residencia en nuestro país.

Los profesionales extranjeros no comunitarios de alta capacitación que quieran establecerse en España lo van a tener más fácil a partir de abril. El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Trabajo, acaba de aprobar un acuerdo por el que se fija el nuevo procedimiento abreviado para la obtención del permiso de entrada, residencia y trabajo en nuestro país. De él se beneficiarán, principalmente, los directivos de grandes empresas, los técnicos y científicos de alta cualificación, en particular aquellos que vayan a realizar tareas de I+D, los profesores universitarios y los artistas de reconocido prestigio, colectivos a los que va dirigida esta medida.

Fuentes de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, desde la que en estos momentos se están cerrando los detalles específicos del acuerdo, apuntaron a este diario que se trata de una iniciativa que "obedece a una necesidad comprobada y persigue incorporar al mercado laboral español a personas que supongan un valor añadido por su contrastada reputación, algo que se traducirá en un incremento de la competitividad de nuestra economía y se convertirá en un factor productivo clave".

El nuevo procedimiento establece, según dichas fuentes, que la empresa contratante dirija su solicitud a la Secretaría de Estado de Inmigración. Desde el momento en que aquélla tenga entrada en la Unidad de Tramitación, la Administración se compromete a culminar los trámites en dos o cuatro semanas. Tras obtener la autorización, el profesional dispone de un mes para solicitar el visado en el consulado más próximo.

Las empresas que pueden acogerse a este sistema deben cumplir al menos uno de estos tres requisitos: disponer de más de 1.000 trabajadores, superar los 200 millones de euros de inversión anual en España o, en el caso de compañías de nueva creación, comprometerse a realizar una inversión no inferior a 20 millones de euros en nuestro país.

Una de las ventajas del nuevo procedimiento consiste en que la solicitud puede ir acompañada de peticiones de residencia y trabajo también para los familiares directos del profesional cualificado.

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J. M. S. , (El País)

J. M. S. , (El País)

Los profesionales extranjeros no comunitarios de alta capacitación lo van a tener más fácil. El Gobierno acaba de aprobar un acuerdo por el que se fija el nuevo procedimiento abreviado para la obtención del permiso de residencia en nuestro país.

Los profesionales extranjeros no comunitarios de alta capacitación que quieran establecerse en España lo van a tener más fácil a partir de abril. El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Trabajo, acaba de aprobar un acuerdo por el que se fija el nuevo procedimiento abreviado para la obtención del permiso de entrada, residencia y trabajo en nuestro país. De él se beneficiarán, principalmente, los directivos de grandes empresas, los técnicos y científicos de alta cualificación, en particular aquellos que vayan a realizar tareas de I+D, los profesores universitarios y los artistas de reconocido prestigio, colectivos a los que va dirigida esta medida.

Fuentes de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, desde la que en estos momentos se están cerrando los detalles específicos del acuerdo, apuntaron a este diario que se trata de una iniciativa que "obedece a una necesidad comprobada y persigue incorporar al mercado laboral español a personas que supongan un valor añadido por su contrastada reputación, algo que se traducirá en un incremento de la competitividad de nuestra economía y se convertirá en un factor productivo clave".

El nuevo procedimiento establece, según dichas fuentes, que la empresa contratante dirija su solicitud a la Secretaría de Estado de Inmigración. Desde el momento en que aquélla tenga entrada en la Unidad de Tramitación, la Administración se compromete a culminar los trámites en dos o cuatro semanas. Tras obtener la autorización, el profesional dispone de un mes para solicitar el visado en el consulado más próximo.

Las empresas que pueden acogerse a este sistema deben cumplir al menos uno de estos tres requisitos: disponer de más de 1.000 trabajadores, superar los 200 millones de euros de inversión anual en España o, en el caso de compañías de nueva creación, comprometerse a realizar una inversión no inferior a 20 millones de euros en nuestro país.

Una de las ventajas del nuevo procedimiento consiste en que la solicitud puede ir acompañada de peticiones de residencia y trabajo también para los familiares directos del profesional cualificado.

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