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Otra sentencia obliga a Caprabo a conciliar la vida laboral y familiar

El Juzgado de lo Social número 6 de Barcelona obliga a la empresa a conceder a una empleada de un establecimiento de Sant Boi de Llobregat la reducción de jornada, de lunes a viernes, para cuidar de su hijo.

Una nueva sentencia obliga a Caprabo a permitir que sus trabajadores puedan conciliar su vida laboral y familiar. El Juzgado de lo Social número 6 de Barcelona obliga a la empresa a conceder a una empleada de un establecimiento de Sant Boi de Llobregat la reducción de jornada, de lunes a viernes, para cuidar de su hijo. La cadena se había negado a su petición porque consideraba que la solicitante no tenía derecho a dejar de trabajar los sábados como hacía hasta entonces, reduciendo no sólo la jornada, sino también los días.

La sentencia considera acreditado el motivo de la solicitud, ya que la guardería del menor no abre los sábados y el padre también trabaja este mismo día. Asimismo, mantiene que el derecho de reducción de jornada hace referencia al número de horas. El juez hace prevalecer los intereses del menor y de protección de la familia frente a los criterios de organización empresarial, subraya UGT, que solicitó ayer a Caprabo que "no ponga obstáculos a sus trabajadoras en sus intentos por conciliar la maternidad con la actividad profesional". El sindicato recuerda que en poco tiempo han habido 10 juicios por motivos similares, en los que nueve sentencias han sido favorables al demandante.

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GlòriaAyuso , (El País)

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El Juzgado de lo Social número 6 de Barcelona obliga a la empresa a conceder a una empleada de un establecimiento de Sant Boi de Llobregat la reducción de jornada, de lunes a viernes, para cuidar de su hijo.

Una nueva sentencia obliga a Caprabo a permitir que sus trabajadores puedan conciliar su vida laboral y familiar. El Juzgado de lo Social número 6 de Barcelona obliga a la empresa a conceder a una empleada de un establecimiento de Sant Boi de Llobregat la reducción de jornada, de lunes a viernes, para cuidar de su hijo. La cadena se había negado a su petición porque consideraba que la solicitante no tenía derecho a dejar de trabajar los sábados como hacía hasta entonces, reduciendo no sólo la jornada, sino también los días.

La sentencia considera acreditado el motivo de la solicitud, ya que la guardería del menor no abre los sábados y el padre también trabaja este mismo día. Asimismo, mantiene que el derecho de reducción de jornada hace referencia al número de horas. El juez hace prevalecer los intereses del menor y de protección de la familia frente a los criterios de organización empresarial, subraya UGT, que solicitó ayer a Caprabo que "no ponga obstáculos a sus trabajadoras en sus intentos por conciliar la maternidad con la actividad profesional". El sindicato recuerda que en poco tiempo han habido 10 juicios por motivos similares, en los que nueve sentencias han sido favorables al demandante.

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